Con la llegada del buen tiempo se incrementa el número de declaraciones responsables para navegar en la cuenca del Ebro. Actualmente hay vigentes un total de 8.315 declaraciones responsables de navegación, un número muy elevado y al alza. Durante este año, sólo hasta abril, el Organismo ha tramitado un total de 1.108 declaraciones responsables, dato superior para este mes a los tres años anteriores (745 en 2020; 979 en 2019 y 1026 en 2018) y cifra similar a la de 2017.
Una de las razones de este incremento es la modificación de normativa que se aprobó el pasado mes de febrero en la demarcación del Ebro, con una serie de medidas que fomentan una navegación más segura e incrementan la protección de las masas de agua ante la expansión de especies invasoras, principalmente el mejillón cebra (Dreissena polymorpha).
Estas normas fueron consensuadas con las Comunidades Autónomas de la Demarcación donde existen masas de agua navegables: Aragón, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, La Rioja, Navarra y País Vasco.
De los 48 embalses navegables recogidos en esta nueva normativa, 17 están declarados afectados y 11 en riesgo (por su vulnerabilidad e indicios de presencia de la especie), quedando en este momento en la cuenca del Ebro únicamente 20 embalses navegables libres de la presencia de mejillón cebra.
Las masas de agua más demandas en este periodo que se abre de navegación en la cuenca del Ebro son los embalses de Mequinenza, Ribarroja y Flix (provincias de Zaragoza y Tarragona), seguidos de los embalses de Ullíbarri y Urrúnaga (provincia de Álava), la agrupación de Mediano y El Grado y el embalse de La Sotonera (los tres en la provincia de Huesca).
La CHE ha intensificado estos meses la atención de consultas entre los usuarios de navegación para aclarar las principales dudas sobre la normativa que se refieren sobre todo a:
Confinamiento de la navegación en embalses libres de mejillón (esta medida ya existía en los embalses afectados o en riesgo): los usuarios sólo pueden elegir un único embalse para navegar con su embarcación durante el periodo que dure su declaración responsable, con estas excepciones:
- Embalses con navegación conjunta aprobada: Ullíbarri-Urrúnaga (Álava); Búbal-Lanuza (Huesca); Mediano-El Grado (Huesca); La Peña-Ardisa y el tramo del Gállego entre ambos embalses (Huesca); Calanda – Estanca de Alcañiz (Teruel) y Mequinenza-Ribarroja-Flix (Tarragona)
- Ríos (con la declaración responsable se puede navegar en todos los tramos de río, excepto el bajo Ebro, que tiene navegación exclusiva)
- Participación en competición deportiva, prueba, actividad puntual o descenso, siendo en este caso obligatoria la limpieza de la embarcación antes y después de entrar en la masa de agua
- Para las actividades de uso empresarial y navegación de clubes y federaciones, se podrá permitir, previa solicitud y en casos justificados, la navegación conjunta en varios de los embalses libres de mejillón cebra, así como en determinados ríos, a excepción del tramo inferior del río Ebro. Esta excepción podrá aplicarse siempre que se trate de embalses y ríos donde la empresa/club/federación opere habitualmente. En estos casos, las solicitudes de navegación se tramitarán mediante autorización administrativa, lo que conllevará la imposición de un “canon de utilización de los bienes del Dominio Público Hidráulico".
Plazo MÍNIMO de 1 año para las declaraciones responsables con el fin de reducir un cambio excesivo de masas de agua para navegar y evitar la traslación de especies invasoras. El plazo MÁXIMO de vigencia de las declaraciones se mantiene en 5 años para los usuarios particulares y en 1 año para el resto de usuarios.
Para dudas y aclaraciones los interesados pueden contactar en este email.
Protocolo de limpieza
En todo caso, el protocolo de limpieza se mantiene como una de las principales medidas para evitar la traslación de especies invasoras. Este protocolo se adapta con la nueva normativa (consulta de estaciones de limpieza y de embarcaciones y complementos).
En el caso de los embalses afectados por la presencia de mejillón cebra o en riesgo, se exige la limpieza de las embarcaciones en cuatro casos:
- La primera vez que se entre en la masa declarada.
- Al salir una vez concluya el plazo declarado de navegación y se cambie de masa de agua.
- Al participar en eventos y competiciones en otras masas.
- Cuando se solicite navegar en otras demarcaciones hidrográficas.
Por su parte, para navegar en un embalse libre, se exigirá la presentación de un ticket de limpieza junto a la declaración responsable para aquellas embarcaciones que provengan de masas afectadas o en riesgo de la cuenca del Ebro o de una masa de agua de otra cuenca hidrográfica.
Ebro Sostenible
El objetivo de la nueva normativa es mantener la actividad lúdica en los embalses, pero con las mayores garantías para las masas libres de esta especie, apostando por el buen estado de las masas de agua, como eje para un Ebro sostenible, velando por la protección de los ecosistemas de la cuenca y por la protección de los usos del agua.
Desde la primera detección del mejillón cebra en el año 2001, el Organismo ha desarrollado medidas para evitar su propagación, en coordinación con las Administraciones competentes en medio ambiente y control de la fauna invasora. De forma prioritaria se han centrado, dentro de sus competencias, en la regulación de la navegación para evitar que sea un vector de propagación, bien sea con la obligación de aplicar el protocolo de limpieza de embarcaciones y la divulgación sobre el mismo, o mediante el confinamiento de embarcaciones en masas afectadas o en riesgo de estarlo.