Buscando incentivar la creación de políticas públicas destinadas a favorecer la captación y acumulación de aguas y hacer más eficiente su uso, particularmente a través de mecanismos de reutilización, un grupo de diputados, liderados por Adriana Muñoz (PPD), ingresó una moción (boletín 9085) que fija una regulación para la recolección y disposición de las denominadas "aguas grises" o "aguas servidas no cloacales".
El proyecto, enviado a la Comisión de Agricultura para su estudio, fue presentado por la diputada Muñoz junto a los diputados Mario Bertolino (RN) y Matías Walker (DC).
Los legisladores informaron que existen en el mundo diversas iniciativas de reutilización de las aguas grises, es decir, el agua resultante del lavado de manos, duchas y lavaplatos, en tanto no se encuentren contaminadas por elementos fecales y detergentes o sustancias no biodegradables.
“Dichas aguas pueden ser recuperadas mediante la instalación de mecanismos de limpieza y depuración de mediana complejidad y servir para el llenado de inodoros, riego o limpieza de exteriores, entre otros usos. Se estima que reutilizar las aguas grises permite un ahorro de unos 50 litros por persona al día”, recalcaron.
Indicaron que el proyecto pretende ser un detonante de un análisis mayor que permita abrir campo a un uso más eficiente de los recursos hídricos, especialmente en el norte del país, al proponer, en primer lugar, una definición de los diversos conceptos:
- Aguas grises: las aguas servidas domesticas residuales provenientes de las tinas de baño, duchas, lavaderos y lavatorios, excluyendo las aguas negras.
- Aguas grises tratadas: aquéllas que se han sometido a procesos de depuración y tratamiento que corresponda al uso que pretenda dárseles.
- Aguas negras: aguas residuales que contienen excretas.
- Aguas residuales: aquéllas que se descargan después de haber sido utilizadas en un proceso, o producidas por éste, y que no tienen ningún valor inmediato para ese proceso.
- Aportante: la persona natural o jurídica desde cuya vivienda, establecimiento o inmueble provienen las aguas grises para su tratamiento, depuración y uso posterior.
- Planta de Tratamiento de aguas grises: instalaciones y equipamiento destinados al proceso de depuración de éstas, con el objeto de alcanzar los estándares exigidos para su reutilización.
- Red domiciliaria de alcantarillado de aguas grises: corresponde a la red domiciliaria de recolección de las aguas provenientes de lavaplatos, lavamanos, duchas, tinas y lavadora, que conforman las aguas grises generadas en una propiedad y que depositan estas últimas en el sistema de tratamiento de aguas grises domiciliario.
- Reutilización de aguas grises: la aplicación de aquéllas, una vez que se han sometido antes al proceso o procesos de depuración y tratamiento exigidos, a un uso autorizado.
- Responsable: la persona natural o jurídica, pública o privada, que obtiene de las instancias correspondientes la autorización necesaria para la separación, tratamiento, depuración y disposición de aguas grises.
- Usuario del agua gris tratada: persona natural o jurídica que utiliza el agua gris tratada para el uso previsto.
La propuesta se erige como la nueva normativa rectora en términos de recolección y disposición de aguas servidas domésticas, en conjunto con el D.F.L. 382 de 1988, del Ministerio de Obras Públicas, Ley General de Servicios Sanitarios y sus reglamentos. Además, abre la opción de separar las aguas grises de las aguas servidas domésticas y de conducirlas por medio de canalizaciones para su posterior tratamiento, depuración y reutilización.
La normativa indica que la red de reutilización de aguas grises debe ser construida contemplando una conexión al sistema general de colección de aguas servidas y contemplando medidas que resguarden la salud humana. En esta última línea se plantea poner atención a los procesos productivos de la industria alimentaria; las instalaciones hospitalarias y sanitarias; cultivos acuícolas; piletas, piscinas y balnearios; y torres de refrigeración, entre otras.
También se establece que la medición de la calidad de las aguas grises se realizará en el punto de salida hacia el uso respectivo. Si un agua gris tratada se destina a varios usos autorizados se aplicarán a todos los valores requeridos por el más exigente.
Asimismo, entre otras normas, la moción señala que el funcionamiento de sistemas de recolección, tratamiento y distribución de aguas grises y su reutilización requerirá de la respectiva autorización previa. Con este objeto, el peticionario o solicitante deberá presentar un proyecto de separación, tratamiento y reutilización de aguas grises que incluirá: la identificación del solicitante y, en caso de tratarse de una comunidad, deberá aportarse el acuerdo de la misma; los contratos entre el o los aportantes solicitantes y el responsable, si fueran distintos; el origen y localización geográfica; el uso al que se aplicarán las aguas y el lugar en que ello ocurrirá; la estimación del volumen anual de agua gris a tratar y reutilizar y el uso al que se va a destinar.