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Las expropiaciones para la ampliación del Canal de Navarra se basan en una resolución que "no ha sido publicada"

Sustrai Erakuntza y varios propietarios de terrenos han presentado una alegación contra las expropiaciones para la ampliación del Canal de Navarra, al considerar que este trámite se basa en una resolución del Ministerio de Agricultura que "no ha sido publicada".

Según ha afirmado Sustrai Erakuntza en un comunicado, en el Boletín Oficial de Navarra del 6 de marzo pasado se publicó la Orden Foral 20/2015 por la que se iniciaba la tramitación del procedimiento expropiatorio de los bienes y derechos afectados por el proyecto de ampliación de la primera fase del Canal de Navarra.

La entidad ha añadido que "el fundamento de este procedimiento de expropiación es una supuesta resolución de la Directora General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, por la que se aprobaría el propio proyecto de ampliación de la primera fase del Canal de Navarra y su zona regable, Ramal Ega-Arga".

Sin embargo, Sustrai Erakuntza ha asegurado que, "después de una exhaustiva investigación, no hemos conseguido encontrar la publicación de la Resolución que aprueba el Proyecto en ninguno de los Boletines Oficiales, ni del Estado ni de Navarra". "Es más, preguntados algunos organismos oficiales navarros por la citada Resolución del Ministerio de Agricultura, nos han informado que no la conocen", ha añadido.

Sustrai Eraikuntza ha afirmado que "este hecho, propio de cualquier cosa menos de un Estado que se considera parte de la Europa del 'Primer Mundo', nos llena de vergüenza". "¿Como es posible que basen actos tan delicados como la expropiación de bienes propios, en base a documentos y actuaciones que desconocen?", ha planteado.

Esta entidad ha considerado que "la Orden Foral por la que se quieren llevar a cabo las expropiaciones sería completamente contraria a derecho y esto porque es consecuencia directa de la Resolución del Ministerio de Agricultura, que no ha desplegado su eficacia en tanto en cuanto no ha sido publicada".

"Ello debería obligar a anular la Orden Foral, al menos hasta que la Resolución del Ministerio de Agricultura no sea publicada. Y por lo tanto, es evidente que en estas circunstancias no se pueden llevar a cabo las expropiaciones", ha planteado.

Sustrai Erakuntza argumenta que "los destinatarios son indeterminados y la ley quiere que la eficacia de los actos se demore hasta que se notifique a los interesados". "Si estos son indeterminados, el sistema que prevé la norma es la publicación de los actos en los boletines oficiales", ha apuntado.

Además, ha señalado que el artículo 60 de la ley de Procedimiento Administrativo indica que "han de publicarse los actos cuando lo aconsejen razones de interés público y es claro que en este proyecto hay motivos de interés público, dado que los afectados son muchos, y la ampliación del Canal de Navarra es motivo de grave controversia pública en esta Comunidad".

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